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¿Qué es un Corredor de Propiedades o Agente Inmobiliario?

El corredor de propiedades es un prestador de servicios en el área inmobiliaria, que puede actuar como persona natural o jurídica, actuando como intermediario sobre bienes raíces, principalmente en compraventas, arrendamientos y administraciones, como también en la gestión, organización y evaluación de negocios inmobiliarios.

 

Servicios de un Corredor de Propiedades

Los servicios que presta un correo es intermediar habitualmente de manera remunerada sobre la transacción en operaciones de bienes raíces, principalmente en compraventas, arriendos y administración de propiedades.

Otras de las actividades que debe realizar un corredor de propiedades en la compraventa de una propiedad:

    • Actualización de las características del mercado de propiedades de la zona.
    • Realizar tasación comercial (Este servicio deberá pagarlo en Vendedor)
    • Explicar y completar mandato de venta.
    • Presentar y comentar el plan de venta.
    • Tomar fotos y notas para los avisos, colocar letreros si así lo requiere.
    • Reunir documentación de la propiedad para estudio de títulos.
    • Publicación de la propiedad en diversos medios de comunicación.
    • Preparar y coordinar la visita a la propiedad.
    • Mostrar la propiedad a compradores potenciales.
    • Seguimiento de las visitas.
    • Recibir y presentar las ofertas.
    • Negociar la oferta si fuera el caso.
    • Prestar asesoría en el cierre de negocio.

 

Compra por intermedio de un Banco

En este caso, el Corredor de Propiedades debe ocuparse no sólo de la venta, sino también de recopilar y actualizar los títulos de dominio para luego entregarlos al banco, una vez aprobado los títulos de la propiedad y el crédito hipotecario la entidad bancaria procederá a la redacción de la escritura, esto último deberá ser revisado por los interesados y verificar que los términos señalados se ajusten a lo pactado.

Una vez suscrita la escritura en la notaría, debe continuar con la tramitación de posventa, que incluye la firma del banco que otorga el crédito y otras firmas de acreedores, si fuere el caso.

También debe ocuparse del ingreso de la escritura al Conservador de Bienes Raíces respectivo y de sus correspondientes inscripciones. Finalmente, debe informar al vendedor de la fecha en que el banco le pagará. Si se hubiere acordado, también deberá hacer entrega material de la propiedad al comprador.

 

Comisión

Los corredores de propiedades convienen libremente con sus clientes la comisión que les corresponden por sus servicios profesionales, según lo dispone el Decreto Ley Nº 1953 del año 1977.

En consecuencia, no existe un arancel determinado por la gestión de un corredor.

Sin perjuicio de lo anterior y a título meramente referencial, las comisiones que usualmente se cobran son las siguientes:

Contrato de Compraventa: 

Al vendedor: 2% del precio de venta más IVA. 

Al comprador: 2% del precio de venta más IVA.

Contrato de Arriendo: 

Al arrendador: 50% de un arriendo mensual.

Al arrendatario: 50 % de un arriendo mensual.

Contrato de Administración del Arriendo: 

La comisión habitual que se conviene fluctúa entre el 6% y el 10% mensual sobre el valor del arriendo, dependiendo del canon acordado, de la dificultad que pueda presentar la administración, del número de gestiones a realizar, etc.